DEMANDA LABORAL RAMA JUDICIAL NO HAY MáS DE UN MISTERIO

demanda laboral rama judicial No hay más de un misterio

Como Campeóní recoge el artículo 59 del Estatuto de los Trabajadores, en su apartado primero y segundo, el plazo para ejercitar acciones derivadas del contrato sobre percepciones económicas o cumplimiento de obligaciones de tracto único prescribirá en el plazo de un año desde que la actividad se pudo ejercitar.Intentada la conciliación anti

read more